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Editoriales Roberto Passailaigue

La comunicación es un derecho

La comunicación es un derecho

El presidente Lenín Moreno en una intervención con los medios de comunicación manifestó que dudaba sobre si la “comunicación” es un derecho o un servicio público. Con mucho detenimiento también escuché a Gustavo Larrea Cabrera, político ecuatoriano de orientación socialista, uno de los mentalizadores y fundadores de Alianza PAIS y exministro de Gobierno en la presidencia de Rafael Correa, decir que “definitivamente la comunicación es un derecho de las personas, y es un servicio público, cuando lo brinda el sector público”. Compartirnos plenamente este criterio. Ya lo he manifestado, el ejercicio de este derecho a la comunicación desde el ámbito de la transmisión de la información, en atención a la naturaleza jurídica de quien la brinda, puede ser de tres sectores: el público, el comunitario y el privado. Cuando el ente que brinda la información, ejerciendo el derecho de comunicación como generador de ella, es una persona jurídica o natural del sector público, lo que brinda es un servicio público; si es un medio de la comunidad es un servicio comunitario; y si es brindado por una persona natural o jurídica de naturaleza privada, es un servicio privado. Igual pasa con los derechos a la educación, salud, hábitat y vivienda, etc.

La ciudadanía tiene el derecho constitucional a la comunicación y de estar informado de lo que acontece en el país, el mundo y fuera de él; noticias, opiniones, reportajes y demás información, propia de la actividad de la comunicación, y ahí ejerce su derecho a la comunicación, como generador o receptor de la información.

El derecho como tal, cuya garantía es obligación del Estado, no puede confundirse con la actividad de la prestación del servicio por parte del sector público, comunitario o privado para satisfacer ese derecho de las personas. El derecho tampoco puede ser considerado un bien público, pues “bien público” son las emisoras, canales, medios, equipos e instalaciones de propiedad del Estado, con que se brinda el “servicio público” de la comunicación, para satisfacer el “derecho a la comunicación e información de las personas”.